ONCCA
buscar
Tipo de trámite:
Cadena:
Actividad:
Palabra clave:
Buscar

Compensaciones a molinos de maíz.

En qué consiste el trámite
Consiste en la solicitud, por parte de los operadores, de una retribución monetaria que el Estado proporciona a algunas actividades agropecuarias con el fin de compensar la diferencia existente entre los precios del mercado externo y el interno, mantener la razonabilidad de los precios locales y asegurar el crecimiento del sector.

Quiénes deben inscribirse
Los establecimientos industriales que se dediquen a la molienda seca de maíz para la producción de harina de maíz, sémola y grits destinada exclusivamente al consumo interno.

Quiénes están autorizados realizar el trámite de inscripción
Están autorizados a realizar el trámite las personas titulares, directivos con poder de firma o apoderados de establecimientos harineros.

Qué se necesita para realizarlo


Requisitos:

-    No poseer deuda alguna en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

-    Contar con la matrícula habilitante vigente de la ONCCA.

-    Contar con informe favorable de la Secretaría de Comercio Interior sobre acuerdo de precios.

Documentación:
Deben presentarse los siguientes anexos de la Resolución Nº 2242/2009, en carácter de declaración jurada y certificados en todas las fojas por contador público, con firma certificada por el organismo que ejerza el control de la matrícula profesional correspondiente.

- Anexo II (Declaración Jurada de harina, sémola y grits)
- Anexo III (Compras)
- Anexo IV (Ventas mercado interno).

Dónde se realiza el trámite
La presentación de la documentación se realizara en la Agencia ONCCA que corresponda al domicilio comercial declarado por el operador.

Cuál es la documentación que se obtiene al finalizar el trámite
No posee

Aranceles
No posee

Área responsable
Compensaciones

Normas que regulan el trámite
Resolución Nº 328/2007 (ONCCA).
Resolución Nº 145/2007 (MEyP).
Resolución Nº 2242/2009 (ONCCA).

Formularios necesarios para la realización del trámite
- Anexo II (Declaración Jurada de Harina, Sémola y Grits)
- Anexo III (Compras)
- Anexo IV (Ventas Mercado Interno).
Los anexos mencionados pertenecen a la Resolución Nº 2242/2009.

Cuáles son las fechas de presentación o cronograma de presentación
Para molinos de maíz, sólo se liquidarán operaciones de hasta tres meses inmediatos anteriores al mes en que se realizara la presentación.

Las solicitudes de compensaciones podrán ser ingresadas en cualquier momento del mes, admitiéndose sólo una presentación mensual por período a compensar.

Cómo se realiza el seguimiento del trámite
Se puede seguir el trámite a través de la página web de la ONCCA, www.oncca.gob.ar ,o por correo electrónico a: compensacionesgranos@oncca.gov.ar.

Observaciones
No posee