ONCCA

RESOLUCIÓN Nº 70/2008


Pago de compensaciones a industria láctea (Milkaut S.A.)
Número: 70 / 2008

                                                                                        Buenos Aires, 9 de mayo de 2008

VISTO el Expediente Nº S01:0087127/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 3.690 de fecha 18 de marzo de 2008 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se autorizó el pago a la firma MILKAUT S.A., por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTITRES CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 10.377.923,36).

Que dicho pago se efectuó en concepto de la compensación establecida por las Resoluciones Nros. 16 de fecha 27 de diciembre de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 546 de fecha 11 de enero de 2008 de la citada Oficina Nacional.

Que la liquidación abonada corresponde al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del importe solicitado por la diferencia entre el precio mensual promedio por litro de leche cruda destinada a elaborar productos lácteos para su comercialización en el mercado interno abonado en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de octubre de 2007 o PESOS SETENTA y CINCO CENTAVOS ($ 0,75), el que resulte menor, y PESOS CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 0,55).

Que la firma solicitante cuenta con informe favorable de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION respecto del cumplimiento de las pautas de precios internos acordados con el Gobierno Nacional.

Que de ello da cuenta la nota de la citada Secretaría producida en el Expediente Nº S01:0068466/2008.

Que el Area de Lácteos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha constatado los extremos requeridos por el Artículo 10 y concordantes de la Resolución Nº 546/08, conforme surge del informe técnico obrante a fojas 5520/5527.

Que asimismo la Coordinación del Area de Despacho de la mencionada Oficina Nacional intervino favorablemente a fojas 5528.

Que la Coordinación Legal y Técnica de la aludida Oficina Nacional no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de la diferencia entre el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) abonado mediante la aludida Resolución Nº 3.690/08 y la liquidación final resultante.

Que los montos que se aprueban por la presente, integrados a los percibidos en el porcentaje aludido precedentemente, no superan el máximo mensual establecido en la citada Resolución Nº 546/08.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en función de lo dispuesto en el Decreto Nº 1.067 de fecha 31 de agosto de 2005 y en las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007, 40 de fecha 25 de enero de 2007 y 16 de fecha 27 de diciembre de 2007, todas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 546 de fecha 11 de enero de 2008 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del mencionado Ministerio.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébase la diferencia de compensación a la firma MILKAUT S.A. por la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.167.154,58) resultante de la liquidación final y el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) percibido mediante Resolución Nº 3.690 de fecha 18 de marzo de 2008 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, correspondiente a los meses de julio, agosto, setiembre y octubre de 2007.

ARTICULO 2º.- Autorízase el pago de la compensación consignada en el Artículo 1º de la presente medida, a la firma MILKAUT S.A., 30-68203263-0, Clave Bancaria Uniforme 3300519315190000897095, el que asciende a la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 2.167.154,58).

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Fecha de publicación: 09/05/2008