ONCCA

RESOLUCION Nº 290/2010


Pago de compensaciones con deuda AFIP a ALIMENTOS GENERAL RODRIGUEZ S.A.
Número: 290 / 2010

Dependencia: ONCCA

                                                                                                                                                                                         BUENOS AIRES, 28 de enero de 2010.

VISTO el Expediente N° S01:0508842/2009 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la firma ALIMENTOS GENERAL RODRIGUEZ S.A., C.U.I.T. Nº 30-70953938-4, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) Nº 0140055701713701106409, presentó  solicitudes de compensación en los términos de la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y de la Resolución Nº 2.242 de fecha 6 de marzo de 2009, modificada por las Resoluciones Nros. 3.436 de fecha 23 de de abril de 2009 y, 4.724 de fecha 1 de junio de 2009, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, de las que resultan beneficiarios los molinos harineros, usuarios de molienda de trigo y productores de trigo.

Que, habiéndose cumplido con la presentación de la documentación necesaria a los fines de resultar acreedor del beneficio de compensación con posterioridad a la entrada en vigencia de la Resolución Nº 145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, acompañándose en consecuencia las respectivas notas emitidas por la Secretaria de Comercio Interior agregadas a fojas 14, 28, 40, 53, 69, 84, 96, y 111, y de conformidad con los informes técnicos emitidos por la Coordinación de Compensaciones de esta Oficina Nacional a fojas a 1/3, 16/18, 29/31, 41/43, 54/56, 70/72, 85/87, 97/99 y 151/152, corresponde aprobar el monto del beneficio solicitado por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL DIECISEIS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS  ($1.371.016,78).

Que, conforme surge de la constancia emitida por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS con una validez de 30 (TREINTA) días corridos a partir del día de su emisión, inclusive, que obra a fojas 136/137 de las presentes actuaciones, la firma ALIMENTOS GENERAL RODRIGUEZ S.A. registra deuda con ese Organismo al día 29/12/2009, en relación a las obligaciones tributarias emergentes del ejercicio de su actividad, por el monto de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($184.168,55).         Que, conforme consta a fojas 139/148 de estas actuaciones, la mencionada firma ha optado por cancelar dicha deuda tributaria mediante el mecanismo normado en la Resolución Conjunta General  N° 2.588 y 3.198 de fecha 7 de abril de 2009 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, respectivamente por lo que la suma adeudada ha de ser transferida a la citada Administración Federal.

Que, según consta a a fojas 133/134 de las presentes actuaciones, en los autos caratulados “Establecimiento Pampa S.A. C/ Alimentos General Rodríguez S.A. S/ Ejecutivo”, de trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 24, Secretaría Nº 240, a cargo de la Doctora Julia VILLANUEVA (Juez Subrogante), Secretaría a cargo del Doctor Agustín PASSARO, se ha ordenado trabar embargo preventivo hasta cubrir la suma de PESOS TRECE MIL CUATROCIENTOS ($13.400) en concepto de capital, con más la de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA ($5.360) en concepto de intereses, sobre las compensaciones que le correspondiere percibir a la firma ALIMENTOS GENERAL RODRIGUEZ S.A.; por lo que corresponde efectuar el correspondiente depósito a la orden del Juzgado embargante.

Que, deducido el monto adeudado a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y el correspondiente al embargo antes mencionado, el saldo a abonar a la firma solicitante asciende a la suma de PESOS UN MILLON CIENTO SESENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y OCHO CON VEINTITRES CENTAVOS (1.168.088,23).

Que se comparte el criterio sustentado en la elevación de los actuados por parte de la Coordinación Legal y Técnica de esta OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

Que la Dirección de Legales del Área de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA, Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 16 del Decreto Nº 1.067 de fecha 31 de agosto de 2005.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007, 40 de fecha 25 de enero de 2007, ambas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y Resolución Conjunta Nº 2.588 y 3.198 de fecha 7 de abril de 2009 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, respectivamente.

Por ello,


EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE
CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Apruébase la compensación solicitada por el molino harinero ALIMENTOS GENERAL RODRIGUEZ S.A., C.U.I.T. Nº 30-70953938-4, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) Nº 0140055701713701106409, la que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL DIECISEIS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS  ($1.371.016,78), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

ARTICULO 2º.- Autorízase la emisión del Volante Electrónico de Pago (VEP) a favor de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($184.168,55).

ARTICULO 3°.- Deposítese a la orden del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 24, Secretaría Nº 240, a cargo de la Doctora Julia VILLANUEVA, Juez Subrogante, Secretaría a cargo del Doctor Agustín PASSARO, en autos caratulados “Establecimiento Pampa S.A. c/ Alimentos General Rodríguez S.A. s/ Ejecutivo”, la suma de PESOS TRECE MIL CUATROCIENTOS ($13.400) correspondientes a capital con más la suma de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA ($5.360) en concepto de intereses.

ARTICULO 4°.- Fecho, autorízase el pago del remanente de la compensación consignada, a la firma ALIMENTOS GENERAL RODRIGUEZ S.A., C.U.I.T. Nº 30-70953938-4, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) Nº 0140055701713701106409, el que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO SESENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y OCHO CON VEINTITRES CENTAVOS ($1.168.088,23) por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.”

RESOLUCION N° 290
 
 


Fecha de publicación: 28/01/2010